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El artículo 417 Código Penal y el fiscal general
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#Álvaro García Ortiz
#Fiscal General del Estado
Qué está pasando en esta noticia
El Ministerio Fiscal tiene un régimen legal para sancionar las violaciones de la confidencialidad, lo incoherente —y constitucionalmente arriesgado— es utilizar el derecho penal como un sistema de reserva. El artículo 417 está en el Título XIX, bajo un título inocente: “Dimensiones contra la administración pública” El problema no comienza en el verbo “revelador” Si inicia ante la ley constitucional, se inicia en el lugar donde el legislador colocó la regla. El problema no es formalizado; no se formaliza. No es acto legal; se trata de un acto constitucionalizado; se trata de un fundamento constitucional; se basa constitucionalmente; y se constitucionaliza; se trata de un acto jurídico; se trata de un acto jurídico; se trata de un acto jurídico, y la ley es un acto político; sin cambiar una coma, termina castigando algo diferente; la ley no debe cambiar una coma.
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