Inteligencia artificial, negociación colectiva y género: una obligación estadística que llega tarde

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La Orden TÉS/1573/2025 de 31 de diciembre introduce una modificación pertinente en el sistema de registro de convenios y convenios colectivos (REGIÓN) A partir del 15 de enero de 2026, toda solicitud de registro deberá rellenar nuevas fichas estadísticas indicando expresamente si el acuerdo regula cuestiones relacionadas con la inteligencia artificial, el uso de algoritmos, la automatización de decisiones laborales, la desconexión digital o el teletrabajo.

Análisis editorial

La inteligencia artificial se convierte en un tema clave en la negociación colectiva. La reciente Orden TÉS/1573/2025 introduce una modificación en el sistema de registro de convenios y convenios colectivos, que busca mejorar la transparencia y la información en la negociación colectiva, especialmente en relación con la inteligencia artificial y la automatización de decisiones laborales. A partir del 15 de enero de 2026, todas las solicitudes de registro deben rellenar nuevas fichas estadísticas, que incluyen la obligación de indicar si el acuerdo regula cuestiones relacionadas con la inteligencia artificial, el uso de algoritmos, la automatización de decisiones laborales, la desconexión digital o el teletrabajo.

La introducción de la inteligencia artificial en la negociación colectiva puede tener un impacto significativo en la toma de decisiones laborales, por lo que es importante que los empleadores y los sindicatos estén al tanto de las implicaciones y establezcan mecanismos de comunicación efectivos para informar a los trabajadores. Además, es necesario considerar la posibilidad de establecer límites y regulaciones para la automatización de decisiones laborales, para proteger la estabilidad laboral y la seguridad en el trabajo.

En resumen, la inteligencia artificial se convierte en un tema clave en la negociación colectiva, y es importante que los empleadores y los sindicatos estén al tanto de las implicaciones y establezcan mecanismos de comunicación efectivos para informar a los trabajadores.

Contexto y análisis adicional

Digest

Resumen ejecutivo

  • La inteligencia artificial, la negociación colectiva y el género se convierten en una obligación estadística que llega tarde.
  • La Orden TÉS/1573/2025 introduce una modificación en el sistema de registro de convenios y convenios colectivos (REGIÓN).
  • La automatización de decisiones laborales, la desconexión digital y el teletrabajo se convierten en temas relevantes en la negociación colectiva.

Evidencias

  • La Orden TÉS/1573/2025 introduce una modificación en el sistema de registro de convenios y convenios colectivos.
  • A partir del 15 de enero de 2026, todas las solicitudes de registro deben rellenar nuevas fichas estadísticas.
  • La modificación introduce la obligación de indicar si el acuerdo regula cuestiones relacionadas con la inteligencia artificial, el uso de algoritmos, la automatización de decisiones laborales, la desconexión digital o el teletrabajo.

Conclusión final

La introducción de esta modificación en el sistema de registro de convenios y convenios colectivos busca mejorar la transparencia y la información en la negociación colectiva, especialmente en relación con la inteligencia artificial y la automatización de decisiones laborales.

Acciones

  • Revisar y adaptar los procesos de registro de convenios y convenios colectivos para cumplir con la nueva obligación.
  • Recopilar y analizar la información recopilada para identificar tendencias y oportunidades de mejora en la negociación colectiva.

Riesgos

Riesgos/alertas

  • La inteligencia artificial se convierte en un tema clave en la negociación colectiva, lo que puede tener un impacto significativo en la toma de decisiones laborales.
  • La introducción de la inteligencia artificial en la negociación colectiva puede generar incertidumbre y desconfianza entre los trabajadores y los empleadores.
  • La automatización de decisiones laborales puede afectar negativamente la estabilidad laboral y la seguridad en el trabajo.

Acciones recomendadas

  • Los empleadores y los sindicatos deben estar al tanto de las implicaciones de la inteligencia artificial en la negociación colectiva y en la toma de decisiones laborales.
  • Es necesario establecer mecanismos de comunicación efectivos para informar a los trabajadores sobre las decisiones tomadas por la inteligencia artificial.
  • Los empleadores y los sindicatos deben considerar la posibilidad de establecer límites y regulaciones para la automatización de decisiones laborales.

Señales/evidencias

  • La inteligencia artificial se convierte en un tema clave en la negociación colectiva.
  • La Orden TÉS/1573/2025 introduce una modificación en el sistema de registro de convenios y convenios colectivos para mejorar la transparencia y la información en la negociación colectiva.
  • A partir del 15 de enero de 2026, todas las solicitudes de registro deben rellenar nuevas fichas estadísticas que indiquen si el acuerdo regula cuestiones relacionadas con la inteligencia artificial, el uso de algoritmos, la automatización de decisiones laborales, la desconexión digital o el teletrabajo.

Conclusión

La introducción de la inteligencia artificial en la negociación colectiva puede tener un impacto significativo en la toma de decisiones laborales, por lo que es importante que los empleadores y los sindicatos estén al tanto de las implicaciones y establezcan mecanismos de comunicación efectivos para informar a los trabajadores.

Autor · clanes

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