Una reflexión sobre la imparcialidad en el juicio contra el fiscal general del Estado
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La prudencia, la apariencia de imparcialidad y la confianza en la justicia a que alude la resolución del TEDH hubiera reclamado que al menos el magistrado director del curso en el ilustre Colegio de Abogados se hubiera apartado del conocimiento de la causa contra García Ortiz Tres jueces del Supremo que condenaron al fiscal general impartieron tras el juicio un curso pagado por una acusación Después de haberse divulgado anticipadamente el fallo de la sentencia contra el fiscal general del Estado –iniciativa perturbadora en cuanto inusual en la práctica de nuestros juzgados y tribunales y en especial en la de la Sala Segunda del Tribunal Supremo actuando como órgano de instancia–, en el que se le condena por la comisión de un delito previsto y penado en el artículo 417.1 del Código Penal, me planteo hacer una reflexión sobre la imparcialidad del Tribunal vinculada a la composición de la Sala.
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