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Jueza rechaza demanda de UGT por caducidad en concurso del Puerto de Valencia

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La jueza de la plaza número 13 de lo Social del Tribunal de Instancia de Valencia ha archivado la demanda presentada por UGT contra la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) y APM Terminals, alegando un supuesto amaño en el proceso selectivo para una plaza de subdirección de gestión de dominio público. La decisión judicial se basó exclusivamente en un vicio procesal formal, al considerar que la federación sindical presentó su reclamación fuera del plazo legal establecido.

El fallo dictaminó que la demanda fue presentada el 26 de septiembre de 2024, tres meses después de que venciera el plazo de dos meses estipulado por la Ley Reguladora de las Jurisdicciones Sociales tras la publicación de las bases el 29 de abril. Al estimar la excepción de caducidad alegada por la entidad demandada, la magistrada no analizó el fondo del caso ni resolvió sobre las acusaciones de irregularidades en las actas o posibles prácticas corruptas.

Durante la vista celebrada el pasado 15 de septiembre, un testigo clave reveló que existían irregularidades en la redacción de las bases. La exjefa de recursos humanos de la APV, E. O., declaró que la presidenta Mar Chao había redactado personalmente los documentos, desviándose del procedimiento normal y de una directriz obligatoria de Puertos del Estimo que exigía el desarrollo de las bases por parte del tribunal.

El caso queda cerrado judicialmente sin resolución definitiva sobre las acusaciones de corrupción, dejando pendientes otros dos juicios relacionados con plazas adjudicadas a exdirectivas del Consorcio Valencia 2007. En aquellos procesos también se denunció la misma cuestión de caducidad y el amaño, mientras que en este caso específico se absolvió a APM Terminals sin que se determinara si las bases estaban diseñadas para favorecer a la adjudicataria B. F.

Imagen de Jueza rechaza demanda de UGT por caducidad en concurso del Puerto de Valencia
Imagen de Jueza rechaza demanda de UGT por caducidad en concurso del Puerto de Valencia

Análisis editorial

El Tribunal de lo Social del Puerto de Valencia ha archivado una demanda de la UGT por supuesto amaño en un proceso selectivo sin analizar el fondo del asunto, basándose exclusivamente en que la reclamación se presentó fuera de plazo. La jueza estimó la excepción procesal de caducidad porque la demanda se presentó el 26 de septiembre de 2024, tres meses después de que precluyera el plazo legal el 29 de junio.

A pesar de que un testigo declaró ante el juzgado sobre la existencia de irregularidades en las actas del proceso selectivo para la plaza número 13, estas alegaciones no fueron analizadas por la jueza. La sentencia absolvió a la Autoridad Portuaria de Valencia sin entrar a resolver sobre los demás pedidos presentados por la Federación Estatal de Servicios Movilidad y Consumo de la UGT.

La decisión judicial genera un riesgo de impunidad administrativa al impedir legalmente analizar las acusaciones de amaño y vicios formales en procesos selectivos. El Tribunal de Instancia de Valencia archivó la demanda por considerar que UGT presentó la impugnación fuera de plazo, sin entrar a resolver sobre las pretensiones de amaño o irregularidades en las actas.

El fallo deja sin respuesta las acusaciones de corrupción laboral a pesar de contar con testimonios sobre irregularidades. La jueza no aceptó como prueba el informe de la Intervención General del Estado que cuestiona las bases de estas plazas, mientras que en los otros dos casos sí que ha sido aceptado.

Contexto y análisis adicional

Digest

Resumen ejecutivo

  • El Tribunal de lo Social archivó la demanda de la UGT contra la Autoridad Portuaria de Valencia por un supuesto amaño en la plaza de subdirección, basándose exclusivamente en que el sindicato presentó la reclamación fuera del plazo legal.
  • La decisión judicial impide analizar las pruebas de irregularidades presentadas por testigos sobre las actas del proceso selectivo, cerrando el caso sin resolver sobre el fondo del asunto.

Evidencias

  • El tribunal estimó la excepción procesal de caducidad porque la demanda se presentó el 26 de septiembre de 2024, tres meses después de que precluyera el plazo legal el 29 de junio.
  • Un testigo declaró ante el juzgado sobre la existencia de irregularidades en las actas del proceso selectivo para la plaza número 13, aunque estas alegaciones no fueron analizadas por la jueza.
  • La sentencia absolvió a la Autoridad Portuaria de Valencia sin entrar a resolver sobre los demás pedidos presentados por la Federación Estatal de Servicios Movilidad y Consumo de la UGT.

Acciones

  • La UGT debe evaluar la viabilidad de presentar nuevas demandas para los otros dos procesos selectivos pendientes (jefa de Gestión Económico-Financiera y subdirector de Infraestructuras) antes de que precluyan sus plazos legales.

Conclusión final

El fallo se fundamenta en un vicio procedural (caducidad) que impide el examen del fondo, dejando sin respuesta las acusaciones de corrupción laboral a pesar de contar con testimonios sobre irregularidades.

Riesgos

Riesgos/alertas

  • Riesgo de impunidad administrativa por la archivación del caso sin analizar el fondo sobre presuntos amaños y vicios formales en procesos selectivos.
  • Posible consolidación de irregularidades en la adjudicación de plazas de subdirección debido a la falta de resolución judicial sobre las alegaciones de corrupción.

Acciones recomendadas

  • Evaluar la viabilidad de nuevas acciones legales o administrativas para impugnar el archivo, argumentando la existencia de vicios sustanciales que trascienden los plazos procesales.
  • Solicitar una revisión extraordinaria o recurso ante la Sala Social si se detectan errores manifiestos en la aplicación del plazo de caducidad.

Señales/evidencias

  • El Tribunal de Instancia de Valencia archivó la demanda por considerar que UGT presentó la impugnación fuera de plazo (26 de septiembre vs. preclusión el 29 de junio).
  • La jueza estimó la excepción procesal de caducidad sin entrar a resolver sobre las pretensiones de amaño o irregularidades en las actas.
  • Un testigo declaró ante el juzgado la existencia de 'irregularidades' en las actas del proceso selectivo, vicios que no fueron examinados por falta de tiempo procesal.

Conclusión

La decisión judicial de archivar el caso por caducidad procesal impide legalmente analizar las acusaciones de amaño y vicios formales, generando un riesgo de impunidad para posibles irregularidades en la gestión del dominio público del Puerto de Valencia sin que exista una resolución sustantiva sobre ellas.

Autor · clanes

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