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Madrid habilita retirada de vegetación calcinada para frenar plagas en Sierra Oeste

Madrid · Fuente original · Leer en 20minutos.es

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La Comunidad de Madrid ha aprobado un régimen extraordinario para agilizar la retirada del arbolado y la vegetación forestal afectados por los incendios de la Sierra Oeste y Loyozuela, una medida con la que busca reducir el riesgo de plagas y enfermedades forestales y facilitar la restauración ecológica de las cerca de 34.000 hectáreas calcinadas durante el pasado mes de julio.

La resolución, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), autoriza la corta, desbroce sanitario y extracción de madera quemada en montes privados y en terrenos públicos no gestionados directamente por la Administración regional situados dentro del perímetro de ambos incendios.

La Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal justifica la medida por el elevado riesgo de proliferación de insectos perforadores, especialmente escolítidos, en el arbolado que ha sobrevivido al fuego, principalmente en las masas de pinar, lo que podría extender los daños a zonas forestales no afectadas por las llamas.

Esta resolución viene a eliminar la necesidad de solicitar autorizaciones individuales para este tipo de aprovechamientos forestales, si bien es cierto que obliga a los propietarios o empresas responsables de los trabajos a presentar una comunicación previa a la Comunidad de Madrid con un mínimo de diez días hábiles antes del inicio de la retirada de vegetación.

Entre las condiciones técnicas figuran la retirada prioritaria del arbolado quemado, especialmente de coníferas, la prohibición de extraer cepellones para favorecer el rebrote de frondosas y la obligación de destinar parte de la madera de menor diámetro a la construcción de fajinas en las laderas con mayor pendiente para frenar la erosión del suelo. También se limita el uso de maquinaria junto a cauces y se establecen plazos máximos para retirar la madera apeada y evitar la propagación de plagas.

Sin cambios de uso forestal

La Comunidad subraya que estas actuaciones tienen un carácter exclusivamente fitosanitario y de restauración ambiental y recuerda que la autorización "no implica en ningún caso" un cambio del uso forestal de los terrenos afectados, cuya vocación forestal deberá mantenerse conforme a la Ley de Montes.

La autorización estará vigente hasta el 30 de abril de 2027 en el caso de las masas de coníferas y hasta el 31 de diciembre de 2027 para el resto de formaciones vegetales. Quedan excluidos de este régimen excepcional el suelo urbano y urbanizable, así como los montes de utilidad pública y aquellos gestionados directamente por la Comunidad de Madrid, donde las actuaciones continuarán ejecutándose mediante intervenciones de emergencia de la Administración regional.

Imagen 1 de Madrid habilita retirada de vegetación calcinada para frenar plagas en Sierra Oeste
Imagen 1 de Madrid habilita retirada de vegetación calcinada para frenar plagas en Sierra Oeste

Análisis editorial

La Comunidad de Madrid ha activado un régimen extraordinario para la retirada urgente del arbolado calcinado tras los incendios que devastaron cerca de 34.000 hectáreas en la Sierra Oeste y Loyozuela, una maniobra diseñada no solo para limpiar el paisaje sino como barrera preventiva contra una epidemia forestal latente. La tesis central de esta intervención es que la inacción ante el arbolado sobreviviente, especialmente en las masas de pinar, podría desencadenar una proliferación masiva de insectos perforadores como los escolítidos, los cuales debilitarían ecosistemas adyacentes y extenderían el daño biológico más allá del perímetro original de las llamas.

Para desbloquear la respuesta operativa, la resolución publicada en el Boletín Oficial elimina la burocracia de autorizaciones individuales, permitiendo a propietarios y empresas ejecutar cortas sanitarias inmediatas siempre que presenten una comunicación previa con un mínimo de diez días hábiles de antelación. Las directrices técnicas son estrictas: se prioriza la extracción de coníferas quemadas mientras se prohíbe categóricamente el arrastre de cepellones para garantizar el rebrote natural de frondosas, y se obliga a utilizar la madera de menor diámetro en la construcción de fajinas en laderas empinadas para frenar la erosión del suelo tras la pérdida de cobertura vegetal.

Sin embargo, esta aceleración conlleva riesgos significativos que requieren vigilancia constante, desde la posible expansión del daño biológico a zonas sanas hasta la erosión acelerada si no se gestionan correctamente los residuos en las pendientes. La normativa establece límites claros para mitigar estos efectos, como la restricción del uso de maquinaria junto a cauces y el establecimiento de plazos máximos para retirar la madera apeada, evitando así que la propia operación de limpieza se convierta en un vector de propagación de plagas o degradación del terreno.

La autorización permanecerá vigente hasta el 30 de abril de 2027 para las coníferas y hasta el 31 de diciembre de 2027 para el resto de la vegetación, marcando un compromiso a largo plazo con la restauración ecológica bajo estrictos controles fitosanitarios. Es crucial recordar que estas actuaciones tienen carácter exclusivamente sanitario y no implican ningún cambio en la vocación forestal de los terrenos, los cuales deben mantenerse conforme a la Ley de Montes, asegurando que la recuperación de las zonas afectadas se alinee con la sostenibilidad del ecosistema y no con intereses especulativos.

Contexto y análisis adicional

Riesgos

Riesgos/alertas
  • Proliferación masiva de insectos perforadores (escolítidos) en el arbolado sobreviviente que debilitará los ecosistemas.
  • Expansión del daño biológico a zonas forestales adyacentes no afectadas por las llamas originales.
  • Erosión acelerada del suelo debido a la falta de cobertura vegetal tras la retirada de vegetación quemada.
Acciones recomendadas
  • Priorizar la corta y desbroce sanitario inmediato, especialmente en masas de coníferas.
  • Prohibir la extracción de cepellones para favorecer el rebrote natural de frondosas.
  • Destinar madera de menor diámetro a la construcción de fajinas en laderas con pendiente para frenar la erosión.
  • Presentar comunicación previa obligatoria con un mínimo de diez días hábiles antes del inicio de cualquier operación.
Señales/evidencias
  • 34.000 hectáreas calcinadas en Sierra Oeste y Loyozuela requieren intervención urgente.
  • Régimen extraordinario vigente hasta abril/diciembre de 2027 para gestionar el riesgo fitosanitario a largo plazo.
  • Eliminación de trámites individuales de autorización para agilizar la respuesta ante la emergencia biológica.
Conclusión

La retirada inmediata y regulada del arbolado quemado es crítica para evitar un colapso secundario por plagas (escolítidos) que podría extenderse a zonas sanas, mientras se implementan medidas de contención física como fajinas para mitigar la erosión en las 34.000 hectáreas afectadas.

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