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SEPE confirma que el tiempo de excedencia por hijos no cuenta para cotizar al desempleo

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido una respuesta oficial aclaratoria sobre la compatibilidad entre disfrutar de excedencias por cuidado de hijos y el cobro del paro en España, respondiendo a una duda frecuente entre los trabajadores. Los datos indican que se registraron 54.639 excedencias por cuidado de menores o familiares, destacando que el 83,1% fueron solicitadas por mujeres.

El organismo comunica que el periodo de excedencia por cuidado de un hijo no computa como ocupación cotizada para las prestaciones por desempleo. Sin embargo, cuando se solicite el paro, el inicio del período de los seis años anteriores retrocederá tanto tiempo como haya permanecido en excedencia.

Si una persona pide el paro ahora y ha estado dos años de excedencia, tendrá que restarle esos dos años a los seis que marca la normativa. De tal manera que, si estás en esta situación no vas a perder el derecho a cobrar el desempleo, aunque siempre es muy conveniente consultar al SEPE para revisar el caso concreto.

Análisis editorial

Son muchos los padres españoles que toman una excedencia para cuidar a sus hijos, pero la duda sobre si ese tiempo computa para el paro tiene una respuesta clara del SEPE: no es una situación anómala y se considera asimilada al alta a efectos de prestaciones. Sin embargo, esta consideración implica consecuencias directas en el futuro laboral y económico de quien decida tomar este periodo.

El organismo público explica que el tiempo de excedencia por cuidado de un hijo o hija no computa como ocupación cotizada para las prestaciones por desempleo. Esto obliga a retroceder la ventana de cálculo de seis años, restando tanto tiempo como se haya permanecido en excedencia. Por ejemplo, si una persona solicita el paro en 2018 y ha estado dos años de excedencia, los cálculos deben comenzar desde antes para cumplir con la normativa vigente.

Aunque no se pierde el derecho a cobrar el desempleo, la reducción del número total de días disponibles puede eliminar la prestación si tras el descuento no se cumplen los requisitos mínimos. La clarificación del SEPE indica que las semanas de excedencia no suman al historial de cotizaciones, lo que obliga a retroceder la ventana de cálculo y reduce los días disponibles en la prestación por desempleo.

En definitiva, consultar al Servicio Público de Empleo Estatal es muy conveniente para revisar el caso concreto y recibir la mejor respuesta para cada circunstancia personal. A pesar de que pueda parecer complejo, la explicación del organismo viene a decir que si una persona pide el paro ahora en 2026 y ha estado dos años de excedencia, a 2026 tendrá que restarle esos dos años y los seis que marca la normativa.

Contexto y análisis adicional

Riesgos

Riesgos/alertas

  • Reducción del número total de días disponibles en la prestación por desempleo debido a que las semanas de excedencia no suman al historial de cotizaciones.
  • Pérdida potencial del derecho al subsidio si, tras descontar el tiempo de excedencia del periodo de referencia legal (seis años), no se cumplen los requisitos mínimos de cotización.
  • Disminución de la cuantía o duración de la prestación porque el inicio del cálculo retrocede eliminando cotizaciones recientes.

Acciones recomendadas

  • Consultar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para revisar el caso concreto y obtener una respuesta personalizada sobre la elegibilidad.
  • Calcular manualmente el periodo de referencia legal restando los años de excedencia a los seis años previos para verificar si se mantienen los requisitos mínimos de cotización.

Señales/evidencias

  • El SEPE comunica que el periodo de excedencia por cuidado de un hijo o hija no computa como ocupación cotizada.
  • Cuando se solicite el paro, el inicio del período de los seis años anteriores retrocede tanto tiempo como haya permanecido en excedencia.
  • Si una persona pide el paro ahora y ha estado dos años de excedencia, a 2026 tendrá que restarle esos dos años para contar las cotizaciones desde 2018.
  • En España se registraron 54.639 excedencias por cuidado de hijos, acogimiento o familiares.

Conclusión

La clarificación del SEPE indica que el tiempo de excedencia no computa como cotización, lo que obliga a retroceder la ventana de cálculo de seis años; esto puede reducir los días disponibles o eliminar el derecho al subsidio si tras el descuento no se cumplen los requisitos mínimos.

Autor · clanes

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